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Abogado De Inmigracion Para Por Delitos Graves Agravados

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Abogado de inmigración para por delitos graves agravados

Estos delitos se refieren a condenas en virtud de la ley federal y estatal que conducen a graves consecuencias para cualquier inmigrante. La definición de delitos graves se encuentra en INA §101 (a) (43). Los siguientes delitos están incluidos en la definición:

Delitos graves de asesinato, violación o abuso sexual de un menor según INA §101 (a) (43) (A)

La Junta de Apelaciones de Inmigración ha definido este crimen ampliamente. Incluye el empleo, uso, persuasión, incentivo, incitación o coacción de un niño para participar en actos sexuales. Asunto Rodriguez-Rodriguez, 22 I&N Dic. 991 (BIA 1999). La Corte Suprema en 2017 en Esquivel-Quintana v. Sessions, 137 S.Ct. 1562 (2017) dictaminó que para ser clasificado como menor, el niño debe ser menor de 16 años.

Delitos graves de tráfico ilícito de sustancias controladas bajo INA §101 (a) (43) (B)

Este estatuto tiene dos delitos. Primero, el tráfico ilícito que no está definido. En segundo lugar, el tráfico de drogas, que es un delito grave según la ley federal y requiere una nueva numeración para algún tipo de trato comercial. La sustancia debe ser una sustancia controlada según la ley federal. El programa de sustancias controladas de un estado tampoco debe enumerar sustancias controladas no reguladas a nivel federal. En los casos de tráfico de drogas, el estatuto también debe exigir una nueva numeración para que sea un delito grave.

Delitos graves de tráfico ilícito de armas de fuego o dispositivos destructivos según INA §101 (a) (43) (C)

Estos son delitos definidos en 18 USC §921 o 18 USC §841 (c)

Delitos graves de cualquier delito relacionado con el lavado de instrumentos monetarios bajo INA §101 (a) (43) (D)

Estos son delitos menores de 18 USC 1956 y 1957 relacionados con el lavado de dinero de actividades ilegales. La cantidad de pérdida de musa excede los $ 10,000

Delitos Agravados de Explosivos Armas de Fuego Incendio bajo INA §101 (a) (43) (E)

Este motivo de deportabilidad incluye varios delitos:

  • Delitos descritos en 18 USC §842 (h) relacionados con el transporte o la recepción de explosivos robados y 18 USC §842 (i) que prohíbe que ciertas personas, como los toxicómanos, transporten o reciban explosivos
  • Delitos descritos en §844 (d) – (i)
  • Delitos descritos en 18 USC §§922 (g) (1) – (5) que prohíben a ciertas personas ilegalmente en los Estados Unidos poseer armas de fuego o municiones
  • Delitos menores de 18 USC §§924 (b) y (h)
  • Delitos menores de 26 USC §5861

Delitos graves de delitos de violencia bajo INA §101 (a) (43) (F)

Los delitos de violencia definidos en 18 USC §16 (no puramente políticos) son delitos deportables porque son delitos graves si el período de prisión es de al menos un año. Los delitos menores de 16 (a) requieren el uso de la fuerza. La Sección 16 (b) requiere el uso sustancial de la fuerza o su probabilidad. La Corte Suprema en Sesiones v. Dimaya, 138 S, Ct. 1204 (2018) dictaminó que §16 (b) es inconstitucional por vaguedad. Las convicciones bajo §16 (a) requieren un mens rea y no pueden ser un delito de negligencia. Además, el uso de la fuerza debe ser un elemento del delito.

Delitos graves de robo, robo o recibo de propiedad robada bajo INA §101 (a) (43) (G)

Estos delitos incluyen el robo, incluido el recibo de propiedad robada o el robo en el que la sentencia impuesta fue de un año o más. El robo es la ruptura y la entrada en una vivienda con la intención de cometer un delito en su interior. Taylor v. U.S., 495 U.S. 575, 598-99 (1990). Los delitos de robo incluyen los delitos que incluyen una toma con la intención de privar al propietario de la propiedad. Gonzales v. Duenas-Alvarez, 549 U.S.183 (2017).

Delitos agravados de fraude / engaño; Evasión fiscal según INA §101 (a) (43) (M) (i) e INA §101 (a) (43) (M) (ii)

Las ofensas bajo INA 101 (a) (43) (M) (i) incluyen ofensas contra partes privadas donde la pérdida fue de más de $ 10,000. Los delitos de INA 101 (a) (43) (M) (ii) incluyen delitos en los que la pérdida para el gobierno fue de más de $ 10,000. El gobierno debe mostrar la cantidad de pérdida mediante evidencia clara y convincente y no se limita a los enfoques categóricos y no categóricos.

Delitos graves de contrabando de extranjeros según INA §101 (a) (43) (N)

Estos son delitos incluidos en INA 274 (a) (1) (A) o (a) (2). Hay una excepción para el contrabando del padre, cónyuge o hijo de alguien.

Un delito descrito bajo INA §§285 (a) o 276 bajo INA 101 (a) (43) (O)

Estos delitos se relacionan con delitos cometidos por una persona previamente deportada por un delito grave agravado.

Hacer, falsificar, falsificar, mutilar o alterar falsamente un pasaporte o instrumento bajo INA §101 (a) (43) (P)

Estos son delitos descritos en 18 USC §1543 o 18 USC §1546 (a) y se impuso una pena de prisión de 12 meses. Hay una excepción para una persona que ayuda a un cónyuge, un hijo o un padre.

Delitos relacionados con la falta de comparecencia de un acusado para el cumplimiento de una sentencia bajo INA §101 (a) (43) (Q)

Estos incluyen delitos donde la posible sentencia es de 5 años o más.

Un delito relacionado con soborno comercial, falsificación, falsificación o tráfico de vehículos con número de identificación alterado bajo INA §101 (a) (43) (R)

La pena de prisión debe ser superior a un año. Incluye los siguientes delitos:

  • Falsificación: la definición incluye a) falsas o alteraciones materiales; b) con la intención de defraudar, yc) de un escrito, si es genuino, podría ser de eficacia legal o fundamento de responsabilidad legal. Alvarez v. Lynch, 828 F.3d 288 (4to Cir.2016).
  • La falsificación
  • Soborno comercial

Un delito relacionado con la obstrucción de la justicia, el perjurio o la subornización del perjurio o el soborno bajo INA §101 (a) (43) (S)

La Junta de Apelaciones de Inmigración ha determinado que el perjurio requiere una declaración escrita u oral falsa a sabiendas y voluntariamente bajo juramento. Asunto Alverado, 26 I&N 8 de diciembre, 901-902 (BIA 2016). Además, la pena de prisión debe ser de al menos un año. La obstrucción, según la Junta de Apelaciones de Inmigración, se relaciona con un intento afirmativo e intencional, con intención específica, de interferir con los procedimientos judiciales. Asunto Velenzuela Gallardo, 25 I&N 8 de diciembre (BIA 2012).

Una ofensa relacionada con la falta de comparecencia ante un tribunal de conformidad con una orden judicial de conformidad con INA §101 (a) (43) (T)

El delito se relaciona con la falta de comparecencia por una violación por la cual se podría imponer una sentencia de dos años. Según la Junta de Apelaciones de Inmigración, el enfoque categórico se aplica para determinar si el delito está relacionado con la falta de comparecencia. Asunto Garza Oliveras, 26 I&N 7 de diciembre (BIA 2016). Según la misma decisión, la investigación específica de la circunstancia se aplica para determinar si la falla fue 1) de conformidad con una orden judicial 2) para responder por un cargo y 3) si el período de prisión fue de 2 años. Carné de identidad.

Un intento o conspiración para cometer cualquiera de los delitos mencionados anteriormente según INA §101 (a) (43) (U)

Para que una persona sea deportable bajo la disposición de intento, el inmigrante debe ser acusado bajo esa disposición. Asunto de Onyido, 22 I&N Dic. 552 (BIA 1999). Por motivos de conspiración, el delito subyacente debe ser un delito grave. Villavicencio v. Sesiones, 879 F.3d 941, 946 (9 ° Cir.2018).

Una condena por uno de los delitos mencionados tendrá graves consecuencias en el estado migratorio de un inmigrante. Nuestra oficina ha ayudado a numerosos clientes antes y después de sus peticiones criminales para evitar estas consecuencias. Llámenos hoy.

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