SEGUNDA PREFERENCIA (EB-2)

SEGUNDA PREFERENCIA (EB-2) INA (Ley de Inmigración y Nacionalidad) Sección 203(B)(2)

Esta categoría de preferencia es para miembros de profesiones con títulos avanzados o inmigrantes con habilidades excepcionales. El título avanzado debe ser más alto que una licenciatura y podría ser un ingeniero mecánico para una licenciatura y experiencia laboral.

El puesto que ocuparía el Beneficiario debe requerir un grado avanzado y la persona debe poseer las debidas calificaciones. Un profesional se define en el INA Sección101(a)(32).

Las exenciones de interés nacional están disponibles para personas que enriquecerían a los Estados Unidos. Las personas cuyos trabajos están en el Anexo A no tienen que probar el mercado laboral y no tienen que tener una oferta de trabajo al momento de la adjudicación del I-485.

TÍTULO DE LICENCIATURA MÁS CINCO AÑOS DE EXPERIENCIA:

Una licenciatura con cinco años de experiencia progresiva es el equivalente a una maestría. 8 CFR Sección 204.5(k)(3)(i)(B). La intención del Congreso muestra que una persona con esta combinación tiene el equivalente a un título avanzado. La política de USCIS es que el BA no se puede cumplir con una combinación de experiencia y educación, pero se puede cumplir con una combinación de educación. Los cinco años de experiencia progresiva deben implicar mayor responsabilidad y conocimiento en el campo de la especialidad.

Definición de habilidad excepcional:

La habilidad excepcional se define como un grado de experiencia significativamente por encima del nivel que se encuentra normalmente. Asunto de Kim, 12 I&N Dic. 758 (AV 1968). El solicitante debe mostrar prueba de 3 de los siguientes:

  • Título afín al área de la especialidad;
  • Carta de los empleadores que muestren 10 años de experiencia;
  • Licencias para ejercer una profesión;
  • El solicitante tenía un salario que demostraba una capacidad excepcional;
  • Membresía en una asociación profesional; y
  • Reconocimiento por logros y contribuciones significativas a la industria.

Se pueden presentar pruebas comparables, incluidas cartas de opinión de expertos. 8 CFR Sección 204.5(k)(3)(iii). Esto incluye atletas y artistas. El proceso de dos pasos en Kazarian se usa para mostrar una habilidad excepcional.

EXENCIONES DE INTERÉS NACIONAL (NIW):

Una exención de Interés Nacional está disponible bajo la INA Sección 203(B)(2)(B). El empleador o el solicitante pueden firmar la petición. Asunto de Dhanasar , 26 I&N de diciembre de 884 (AAO 2016). Para calificar para la exención, el Beneficiario debe presentar el ETA-9089 con una declaración que respalde el reclamo de exención. 8 CFR Sección 204.5(k)(4)(ii). La exención solo está disponible para peticiones EB-2. En Dhanasar , la AAO emitió nuevas categorías para la exención. Según el fallo, el solicitante debe demostrar 1) que el esfuerzo propuesto tiene importancia nacional y mérito sustancial; 2) él o ella está bien posicionados para avanzar en el esfuerzo, y 3) sería beneficioso para los Estados Unidos renunciar a la certificación laboral. Dhanasar , en 889 no. 9.

Los médicos pueden calificar para una Exención de interés nacional para médicos ( PNIW ). Los graduados médicos internacionales (GMI) no pueden ingresar a los Estados Unidos. Sin embargo, el motivo de inadmisibilidad no se aplica en estas situaciones:

  1. El solicitante posee un certificado de la Comisión Educativa de Graduados Médicos Extranjeros, es competente en inglés y el examen de evaluación de habilidades clínicas. 8 CFR §214.2(h)(viii)(B );
  2. Doctor de renombre internacional o nacional;
  3. No ingresar a los Estados Unidos para convertirse en médico, incluyendo profesores, personas que ingresan bajo otra categoría de preferencia, o cuando ingresa como asilado.

Bajo la INA Sección 203(b)(2)(B)(ii), si el médico ingresa a los Estados Unidos bajo una oferta de empleo, el médico debe obtener una certificación laboral o una exención de interés nacional. Algunos médicos pueden trabajar en un área desatendida para superar el requisito J-2 de 2 años. Para obtener este beneficio, el médico debe demostrar 1) que debe trabajar en un área de escasez de salud o para el VA; 2) un organismo federal o estatal debe determinar que el empleo sería de interés nacional, y 3) debe trabajar en el área durante 5 años antes de que él o ella se vuelvan elegibles para un ajuste del estatus o una visa de inmigrante. 8 CFR Sección 214.2(a)-(c).

Un graduado en medicina extranjero también puede aplicar bajo el proceso regular de certificación laboral. 8 CFR Sección 214.2(a)-(c).

Llámenos para obtener información sobre las peticiones de residencia permanente basadas en el empleo EB-2.

  • Visas de inmigrantes basadas en el empleo

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