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Visas E

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Visas E

El abogado Ahmad Yakzan de la American Law Law Office es su abogado de visa E en St. Pete y Tampa, FL. La visa E es una gran opción para los comerciantes internacionales y los inversores internacionales que buscan un monto de inversión más bajo.

La visa E está abierta a comerciantes e inversores internacionales de ciertos países que tienen tratados con los Estados Unidos. Algunos de estos tratados requieren ciertas cantidades de inversión y tienen una duración limitada. Contratar a un abogado de visa electrónica como el abogado Ahmad Yakzan aumenta sus posibilidades de presentar y obtener su visa aprobada por el Servicio.

Los nacionales de los siguientes países pueden solicitar la visa E:

  • Albania
  • Argentina
  • Armenia
  • Australia
  • Austria
  • Azerbaiyán
  • Bahrein
  • Bangladesh
  • Bélgica
  • Bolivia
  • Bosnia y Herzegovina
  • Brunei
  • Bulgaria
  • Camerún
  • Canadá
  • Chile
  • China (Taiwán)
  • Colombia
  • Congo (Brazzaville)
  • Congo (Kinshasa)
  • Costa Rica
  • Croacia
  • Republica checa
  • Dinamarca
  • Ecuador
  • Egipto
  • Estonia
  • Etiopía
  • Finlandia
  • Francia
  • Georgia
  • Alemania
  • Grecia
  • Granada
  • Honduras
  • Corrí
  • Irlanda
  • Israel
  • Italia
  • Jamaica
  • Japón
  • Jordania
  • Kazajstán
  • Corea del Sur
  • Kosovo
  • Kirguistán
  • Letonia
  • Liberia
  • Lituania
  • Luxemburgo
  • Macedonia
  • México
  • Moldavia
  • Mongolia
  • Montenegro
  • Marruecos
  • Países Bajos
  • Noruega
  • Omán
  • Pakistán
  • Panamá
  • Paraguay
  • Filipinas
  • Polonia
  • Rumania
  • Senegal
  • Serbia
  • Singapur
  • República Eslovaca
  • Eslovenia
  • España
  • Sri Lanka
  • Surinam
  • Suecia
  • Suiza
  • Tailandia
  • Togo
  • Trinidad y Tobago
  • Túnez
  • Turquía
  • Ucrania
  • Reino Unido
  • Yugoslavia

Los requisitos de visa E

El solicitante E debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Debe estar ingresando a los Estados Unidos
  • Basado en un tratado de amistad, comercio y navegación u otros arreglos
  • La persona debe ingresar a los Estados Unidos por los siguientes motivos:
    • Solo para llevar a cabo un comercio internacional sustancial (comerciante del tratado E-1)
    • Solo para desarrollar y dirigir las operaciones de una empresa de tratado en la cual el inversionista tiene o está en proceso de invertir (inversionista de tratado E-2)
    • Como empleado clave de un país del tratado de E-1 o E-2
    • Como ejecutivo principal y empleador de una empresa con al menos el 50% de las acciones propiedad de nacionales de tratados
    • Un dependiente de uno de los individuos mencionados anteriormente

El titular de la visa E debe demostrar que viene a los Estados Unidos por un período específico. Tiene que haber una intención de partir, y nada más. El titular de la visa no puede ser denegado únicamente para la aprobación de una petición de visa de inmigrante. Como se mencionó anteriormente, algunos de los tratados tienen ciertos requisitos no incluidos en otros tratados. El solicitante debe presentar un plan de negocios. Los titulares de visa E pueden ajustar el estado al incluir el formulario I-508 con su solicitud de ajuste de estado para renunciar a cualquier protección del tratado.

Nacionalidad de la empresa del Tratado E

Una persona que ingresa a los Estados Unidos como inversionista o comerciante del tratado E debe ser nacional de la empresa del tratado. En casos de empleados, el empleado y la empresa del tratado deben ser del mismo país del tratado. El país de incorporación es irrelevante para la solicitud. Lo único que importa es la nacionalidad del comerciante o inversor. Los residentes permanentes legales no se pueden contar para la nacionalidad. La nacionalidad utilizada para ingresar a los Estados Unidos es la que se utiliza en el momento de la solicitud. Por ejemplo, un ciudadano con doble nacionalidad de Venezuela e Italia no puede solicitar una visa E si ingresó con su pasaporte venezolano.

Visas E-1 para comerciantes internacionales

Las visas E-1 están disponibles para los nacionales del país del tratado si cumplen con los siguientes criterios:

  • Debe demostrar que existe el convite
  • Posee la nacionalidad del país del tratado.
  • Los activos constituyen comercio bajo la Ley de Inmigración y Nacionalidad
  • El comercio es sustancial y es entre los Estados Unidos y el país del tratado.
  • El solicitante debe abandonar los Estados Unidos después de que finalice el estado E-1

El comercio se define como el intercambio internacional de bienes entre los Estados Unidos y el país del tratado del cual el comerciante es nacional. Los bienes pueden ser bienes y servicios tangibles y no tangibles. El comercio también debe estar en curso y en existencia y el solicitante debe demostrar que era en el momento de la solicitud.

El comercio también debe ser principalmente entre los Estados Unidos y el país del tratado. Los empleados de la empresa comercial pueden ser nuevos empleados y no tienen que haber trabajado con la empresa, pero deben ser tratado nacional.

Requisitos para inversores del tratado E-2

La clasificación de visa E-2 está disponible para los nacionales del país del tratado que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Debe demostrar que el tratado existe
  • El individuo o la empresa posee la nacionalidad
  • El solicitante ha invertido o está en proceso de invertir en la empresa del tratado.
  • La empresa del tratado es real y operativa
  • La inversión es sustancial
  • El solicitante desarrollará y controlará la empresa
  • El empleado debe ser un empleado esencial
  • El solicitante tiene la intención de salir de los Estados Unidos después de que finalice la clasificación.

La nacionalidad de la empresa del tratado está determinada por el porcentaje de acciones que controla el país del tratado. La propiedad del 50% de la empresa será suficiente si el inversor controla la empresa. Los fondos de inversión deben estar en riesgo. Pueden obtenerse mediante un préstamo, pero no deben estar garantizados por los activos de la empresa. Los fondos también deben comprometerse irrevocablemente con la empresa.

El inversor también debe demostrar que los fondos se obtuvieron por medios legales. Puede ser de préstamos, como se mencionó anteriormente, obsequios, herencias o cualquier otra fuente legítima. Las rentas pagadas por la empresa del tratado pueden contabilizarse para la inversión. La inversión también podría incluir propiedad intelectual utilizando el valor justo de mercado. Las inversiones pasivas no se pueden contabilizar.

La inversión también debe ser sustancial, lo que significa que la cantidad invertida debe ser suficiente para operar la empresa. El gobierno usa la prueba de proporcionalidad. En otras palabras, invertir el 100% en una pequeña empresa valorada en menos de $ 100.000 es sustancial. Alternativamente, invertir una cantidad menor en una empresa de $ 10 millones también puede ser sustancial.

La empresa puede no ser marginal. Las empresas marginales son aquellas que no tienen la capacidad presente o futura de generar ingresos suficientes para una vida mínima para el inversionista y su familia. El inversor debe demostrar que su empresa ampliará las oportunidades de empleo, generará otras fuentes de ingresos, generará sustancialmente más ingresos de lo que se considera un sustento, y el inversor no trabajará simplemente como un trabajador calificado o no calificado.

También debe dirigir y desarrollar la empresa. El inversor no puede competir directamente como trabajador calificado en el mercado. Debe tener una participación mayoritaria en la empresa del tratado. Este requisito no se aplica a los empleados.

Empleados de empresas E-1 y E-2

La empresa E puede contratar empleados y otorgarles la clasificación E. La empresa puede solicitar tanto a ejecutivos, supervisores y empleados esenciales.

Un ejecutivo es principalmente un ejecutivo y se opone a alguien cuyo trabajo es ejecutivo de manera incidental o colateral. El ejecutivo debe tener gran autoridad para determinar la política, despedir empleados, supervisar una parte importante de la empresa, tener habilidades y experiencia ejecutivas o debe tener un papel importante en la empresa.

Los empleados no supervisores deben ser esenciales para el funcionamiento de la empresa.

Familias de titulares de visa E

Los miembros de la familia del titular de la visa E pueden clasificarse como titulares de la visa E. Su nacionalidad es irrelevante. Los cónyuges de los titulares de la visa E-2 pueden obtener una tarjeta de autorización de empleo. La autorización de empleo se puede conceder por dos años. Además, los niños no pueden tener empleo pero pueden asistir a la escuela sin cambiar de estatus.

Procedimientos para obtener una visa E

Un solicitante que se encuentra en los Estados Unidos puede presentar un cambio de estado presentando una solicitud utilizando el formulario I-129. El solicitante también puede presentar la solicitud en la embajada o consulado de su país utilizando el DS-160.

Llame a su abogado de visas E, Ahmad Yakzan, hoy para discutir sus opciones.

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