Abogado de Inmigración para la Comunidad Cubana
Cuba es algo personal para mí. Una familia cubana me ayudó a pagar la universidad y la facultad de derecho, y he visitado la isla cuatro veces. Desde hace años, nuestra firma acepta casos de cubanos cuyos antecedentes hicieron que otros abogados les dijeran que no. Déjenos revisar su caso.
Agende Su Revisión de Caso · Llame al (656) 220-0269
Se Habla Español
SuperLawyers Rising Stars 2017–2020
Calificación AV de Martindale-Hubbell
Miembro de AILA
Admitido en Cortes Federales
Enfoque en Crimmigración
Por Qué Cuba Es Importante para Mí
Mucho antes de ser abogado de inmigración, una familia cubana me abrió una puerta. Creyeron en mí y ayudaron a hacer posible mi educación universitaria y de derecho. Nunca lo he olvidado — y he regresado a Cuba cuatro veces para mantenerme cerca de la gente y la cultura que me formaron.
"Cuando represento a un cliente cubano, no solo tomo un caso. Estoy pagando una deuda que he llevado durante toda mi carrera."
Por eso nuestra firma acepta los casos cubanos que otros abogados rechazan — los que tienen condenas antiguas por drogas, detención o un expediente de deportación ya abierto. Nuestra práctica se enfoca en la Ley de Ajuste Cubano y en los problemas penales que pueden interponerse en el camino.
La Ley de Ajuste Cubano + Antecedentes Penales
La Ley de Ajuste Cubano de 1966 es uno de los caminos más generosos de la ley de inmigración de EE. UU.: muchos cubanos pueden solicitar la residencia después de un año de presencia física en Estados Unidos. Pero hay una condición — usted todavía tiene que ser admisible, y una condena por drogas es una de las formas más rápidas de dejar de serlo.
Ahí es donde un análisis legal cuidadoso hace la diferencia. Una condena que en el papel parece definitiva no siempre lo es: la ley exacta, el expediente del tribunal y la forma en que se tomó la declaración de culpabilidad pueden cambiar el panorama. Revisamos si una condena estatal por drogas realmente cuenta bajo la ley federal de inmigración, trabajamos para anular declaraciones de culpabilidad indebidas y buscamos los perdones limitados que todavía existen.
En American Dream Law Office®, este cruce entre el derecho penal y el de inmigración — la crimmigración — es lo que hacemos todos los días.
¿Lo Liberaron con un I-220A?
El formulario I-220A es una Orden de Libertad bajo Palabra (Order of Release on Recognizance). ICE lo entrega cuando deja salir a una persona de la detención mientras sigue su caso en la corte de inmigración. Normalmente viene con condiciones: presentarse ante ICE cuando se lo pidan, mantener su dirección al día y asistir a todas las audiencias. Muchos cubanos que cruzaron por la frontera sur en los últimos años salieron con un I-220A y no con un documento de parole.
Para ajustar su estatus bajo la Ley de Ajuste Cubano, por lo general hay que haber sido "inspeccionado y admitido o recibido con parole" en Estados Unidos. En Matter of Cabrera-Fernandez, 28 I&N Dec. 747 (BIA 2023), la Junta de Apelaciones de Inmigración decidió que la liberación bajo la sección 236 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (la que consta en el I-220A) no equivale al parole de la sección 212(d)(5). Según la Junta, el I-220A por sí solo no cumple ese requisito.
Pero el análisis no termina ahí. Hay demandas sobre las liberaciones con I-220A pendientes en la corte federal, y la ley en este tema sigue cambiando. Sus opciones también dependen del resto de su historial: cómo y cuándo entró, qué otros documentos recibió después y en qué etapa está su caso en la corte de inmigración. Tener un I-220A no significa que no tenga opciones, ni tampoco que califique. Significa que hay que revisar sus papeles con cuidado antes de presentar cualquier solicitud, porque presentar algo basado en una suposición equivocada puede crearle problemas nuevos.
Traiga su I-220A, cualquier otro papel que le hayan dado en la frontera o en ICE, y todas las notificaciones de la corte de inmigración.
Cómo Ayudamos a los Clientes Cubanos
Cada caso cubano es diferente. Estos son los más comunes que aceptamos — y cómo los trabajamos.
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Un año de presencia en EE. UU. puede ser suficiente. Confirmamos si usted califica, preparamos su I-485 y le acompañamos en cada paso hasta la entrevista.
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Una condena por sustancias controladas es el mayor obstáculo para la residencia cubana, y es justo el tipo de caso en el que se enfoca nuestra práctica de crimmigración. Trabajamos en todos los frentes que permite la ley.
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Si no le advirtieron debidamente las consecuencias migratorias de su declaración de culpabilidad, esa condena podría anularse — y eso puede reabrir su camino.
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¿Lo liberaron con un I-220A en vez de parole? Si puede ajustar o no es una batalla legal abierta. Revisamos sus documentos y sus opciones bajo la ley vigente (vea arriba).
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Si ICE lo detuvo a usted o a un familiar, actuamos rápido para pedir una audiencia de fianza cuando la ley lo permite.
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¿Ya está en la corte de inmigración o tiene una orden de deportación? Defendemos a cubanos ante el juez de inmigración, la Junta de Apelaciones de Inmigración y la corte federal.
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Algunas causales — incluidas ciertas causales penales — pueden perdonarse. Vemos si un perdón §212(h) u otro puede volver a abrir su caso.
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Traiga a sus familiares desde Cuba y solicite un permiso de trabajo (EAD) para trabajar legalmente mientras su solicitud de residencia está en trámite.
Nuestro Proceso
Revisamos cómo y cuándo entró, su presencia en EE. UU. y cualquier antecedente penal — y luego repasamos con usted cada camino posible hacia la residencia, en español o en inglés.
Si una condena se interpone, la enfrentamos: vemos si cuenta bajo la ley de inmigración, si procede un recurso posterior a la condena o si hay un perdón.
Preparamos y presentamos su solicitud bajo la Ley de Ajuste Cubano (y su permiso de trabajo) y respondemos a cada requerimiento de las autoridades migratorias.
Si está detenido o en proceso de deportación, lo representamos en la fianza, en la corte de inmigración y en las apelaciones — hasta la corte federal.
Preguntas Frecuentes
La Ley de Ajuste Cubano de 1966 permite que muchos ciudadanos cubanos soliciten la residencia después de estar físicamente presentes en EE. UU. al menos un año, sin la espera habitual de las peticiones familiares o de empleo. Por lo general, tiene que haber sido inspeccionado y admitido o recibido con parole, ser admisible (o tener derecho a un perdón) y cumplir el año de presencia. Revisamos sus documentos de entrada y su historial para ver si califica.
Posiblemente. Una condena por drogas puede hacerlo inadmisible y bloquear la residencia que la Ley le permitiría, pero no siempre es el final del camino. Analizamos si la condena realmente cuenta como un delito de sustancias controladas bajo la ley federal de inmigración, si la declaración de culpabilidad puede anularse con un recurso posterior a la condena y si aplica algún perdón.
La Junta de Apelaciones de Inmigración ha dicho que el I-220A, por sí solo, no es parole para estos efectos, y ese tema se está peleando en la corte federal. No dé nada por sentado. Tráiganos sus documentos para revisar sus opciones según la ley vigente en el momento en que nos llame.
Llámenos al (656) 220-0269. Primero, busque a su familiar en el localizador de detenidos de ICE. Luego hay que ver si se puede pedir una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. Muchas personas pueden salir mientras su caso sigue, y un abogado puede preparar y presentar la solicitud de fianza.
Sí. Nuestro equipo atiende en inglés, español y árabe, para que siempre tenga a alguien que le explique cada paso de su caso en su idioma. Read this page in English.
La información de esta página es general y no constituye asesoría legal. La ley de inmigración cambia con frecuencia y cada caso depende de sus propios hechos. Los resultados anteriores no garantizan un resultado similar. Contactar a American Dream Law Office® no crea una relación abogado-cliente hasta que se firme un acuerdo por escrito.
Si usted es cubano y teme que una condena, un I-220A o una detención le haya cerrado la puerta — déjenos ser quienes lo verifiquen. Agende una revisión de caso con el abogado Ahmad Yakzan.
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Se habla español · Atendemos a familias cubanas en toda la Florida desde nuestras oficinas en 10936 N 56th St, Suite 201, Temple Terrace, FL 33617, y en 1060 Woodcock Road, Orlando, FL 32803.
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